Todo niño tiene el derecho…
… a la vida.
…a un nombre, a adquirir y preservar una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.
… de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afectan, y que se tenga en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez.
… a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
… a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar reuniones pacíficas.
… en el caso de ser temporal o permanentemente privados de su medio familiar, o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado.
… al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud.
… a beneficiarse de la seguridad social, incluso del seguro social.
… a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
… a la educación.
… al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
… a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
… (en el caso del niño de quien se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse o declare culpable de haber infringido esas leyes) a ser tratado de manera acorde con el fomento de su sentido de la dignidad y el valor, que fortalezca el respeto del niño por los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros y en la que se tengan en cuenta la edad del niño y la importancia de promover la reintegración del niño y de que éste asuma una función constructiva en la sociedad.
Fuente: Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989.